Hasta 7 años de cárcel a deudores alimentarios en Aguascalientes

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El Congreso del Estado aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal que eleva drásticamente las penas de prisión para los deudores alimentarios morosos, alcanzando un máximo de hasta 7 años de cárcel.

La iniciativa, impulsada por la diputada Nancy Gutiérrez Ruvalcaba, modifica el marco legal para fijar sanciones que irán desde los 3 años y 2 meses hasta los 7 años de prisión para quienes incumplan con la obligación de proveer alimentos.

Además, la reforma castiga con las mañas legales, aquellos deudores que incurran en conductas dolosas como fingir insolvencia, ocultar sus ingresos o cambiar de nombre y domicilio para evadir la ley, enfrentarán de 2 a 5 años de prisión.

Esta modificación representa un cambio frente a la normativa anterior, cuyas penas eran de apenas 6 meses a 3 años de cárcel. El vacío legal previo permitía que los morosos recurrentes se ampararan bajo la “suspensión condicional del proceso”, un recurso con el que alargaban el conflicto realizando pagos parciales y fragmentados hasta por tres años sin liquidar su deuda real.