La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el reclamo del Municipio de Aguascalientes en contra de la legislación federal en Materia de Transparencia, en torno a que es la Contraloría del Estado y no la Municipal, el órgano garante y revisor de las obligaciones de Transparencia.
Junto con la de Aguascalientes, el Pleno analizó impugnaciones promovidas por los municipios de San Nicolás de los Garza, Nuevo León; San Juan de los Lagos, Jalisco; Irapuato y Guanajuato, Guanajuato y Hermosillo, Sonora, así como por la Alcaldía Miguel Hidalgo en la Ciudad de México, quienes con controversias constitucionales argumentaron que la legislación en ese rubro vulneraba la autonomía municipal.
La Corte concluyó que las autoridades garantes ejercen una función revisora y no decisoria, por lo que los municipios conservan su facultad de decisión como sujetos obligados.
Por lo anterior, toda queja y revisión de las obligaciones de transparencia del Municipio de Aguascalientes y los demás inconformes, seguirá siendo resuelta por las Contralorías Estatales y no por las municipales, ya que haber validado la petición habría derivado en duplicidad de funciones y en elevar el gasto público y la burocracia















