Cárcel por ‘vigilar’ a servidores públicos en Aguascalientes; se elevan las penas si son fotografiados o videograbados

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Este 7 de abril entró en vigor una reforma al Código Penal del Estado a fin de integrar en el delito de “Atentados a la Seguridad Pública”, el acechar o vigilar a personas servidoras públicas con el objetivo de cometer algún ilícito, lo cual se castiga con penas de 3 a 7 años de prisión.

Se trata de una reforma aprobada el pasado 12 de marzo, producto de una iniciativa presentada en abril del año pasado por Adán Valdivia López, y 12 legisladores más del Partido Acción Nacional (PAN) y el Revolucionario Institucional (PRI), con la cual se suma el concepto de “servidores públicos” al Artículo 178 BIS, en el cual ya contemplaba la misma pena en el caso de vigilar a cualquier autoridad de Seguridad Pública.

La reforma ya en vigor además agrega como agravante, sumando una mitad de la pena original en el caso de que “Se utilice para ello artefactos equipados para captar imágenes”, es decir, cámaras fotográficas, de video o inclusive drones.

Quienes promovieron la reforma justifican las nuevas medidas con una armonización con el Código Penal Federal, donde ya se contempla la regulación en particular del uso de drones para vigilar el actuar de elementos y mandos de seguridad pública, además de servidores públicos en general.