Desde el Congreso exigen castigo a funcionarios por permitir bar con riesgos de trata

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Frida Fonseca Quezada
Aguascalientes, Ags.– El Congreso de Aguascalientes tomo medidas drásticas ante el funcionamiento irregular del establecimiento “Tormenta del Oeste”, ya que emitió un decreto que busca esclarecer posibles omisiones de las autoridades municipales.
Ello se concreto con su publicación en el Periódico oficial del 30 de marzo de 2026, en que la Legislatura Local condenó enérgicamente cualquier deficiencia en la supervisión de dicho lugar, señalando que estas fallas representan una vulneración directa a la seguridad y protección de niñas, niños y adolescentes en la entidad.
Siendo de precisar que la determinación legislativa, bajo el Decreto Número 453, exige al Ayuntamiento de Aguascalientes y a la Dirección de Reglamentos un informe exhaustivo en un plazo no mayor a 60 días hábiles, detallando que dicho reporte deberá transparentar el estatus legal de la licencia del bar durante los últimos dos años, el historial de inspecciones realizadas y los protocolos seguidos ante las quejas ciudadanas reportadas en la zona, buscando deslindar responsabilidades sobre la operación del sitio.
Y para garantizar que no haya impunidad, el Congreso exhortó a los Órganos Internos de Control a investigar a fondo el desempeño de los servidores públicos encargados de la verificación del bar.
Vale comentar que el mandato es claro y demanda identificar cualquier rastro de negligencia o protección especial que hubiera permitido la inacción oficial; y en caso de detectarse conductas delictivas, el asunto será remitido a la Fiscalía General del Estado para que se proceda legalmente contra quienes resulten responsables.
Finalmente se debe apuntar que el posicionamiento, firmado por la Mesa Directiva que encabeza el diputado Rodrigo Cervantes Medina, ha sido difundido de manera íntegra en el Periódico Oficial para que la ciudadanía tenga constancia de que el Poder Legislativo no tolerará actos que atenten contra la integridad de los menores.