Frida Fonseca Quezada
Aguascalientes, Ags.– La reciente resolución del Tribunal Electoral de la Sala Regional de Monterrey asestó un “palo dado” definitivo a la controversia generada por los nombramientos del Instituto Estatal Electoral (IEE) a las personas juzgadoras, sentenció el diputado presidente de la Comisión de Asuntos Electorales, Emanuelle Sánchez Nájera.
En encuentro con los medios el legislador perredista subrayó la firmeza de la decisión, indicando que, a pesar de los posibles intentos de impugnación ante la Sala Superior, las determinaciones del tribunal regional son inamovibles.
Sánchez Nájera se refirió a la falta de precisión en la convocatoria para elección de personas juzgadoras, especialmente en lo referente a la acreditación de experiencia profesional, y explicó que la convocatoria no establecía claramente desde cuándo se consideraría válida la experiencia, abriendo un flanco para la interpretación y posibles actos de discriminación por edad.
“Uno de los principios constitucionales es la no discriminación a una persona por su edad, entonces tú no puedes decir que alguien que tiene 18 años no tiene experiencia”, señaló y en seguida, cuestionó la vinculación de la experiencia con la obtención de la cédula profesional, un criterio no explícito en la convocatoria y que fue utilizado inicialmente por el IEE para descalificar a algunos aspirantes.
El diputado insistió en que la vaguedad de los requisitos permitió que el Tribunal Electoral de Monterrey revirtiera las decisiones iniciales del IEE, ya que los aspirantes podían legítimamente argumentar y demostrar experiencia laboral previa en el ámbito jurídico o judicial. “Si se les hubiera dicho mínimo tres años de cédula, ah eso es otra cosa, ahí ya no hay interpretación”, contrastó Sánchez Nájera, dejando claro que la falta de criterios fijos fue la raíz del problema.
De ahí que el diputado del Sol Azteca fue enfático al afirmar que lo resuelto por la Sala Regional de Monterrey, y ratificado en lo poco que llegó a la Sala Superior, constituye un “palo dado”, una decisión firme e inalterable; y si bien reconoció el derecho de quienes fueron afectados, incluso aquellos a quienes se les retiró la constancia otorgada por el Tribunal Local, de acudir a la Sala Superior, se mostró escéptico sobre la posibilidad de modificaciones. “Desde mi perspectiva, te diría ya no se va a mover, lo que ocurrió en la sala Monterrey, junto con lo poco que pasaron a la Sala Superior ahora si ya es un palo dado”, manifestó, y en cuanto al criterio del promedio académico mínimo de ocho, Sánchez Nájera reafirmó su carácter inamovible.
Aunque, aclaró que la intervención del Tribunal de Monterrey se centró en corregir interpretaciones erróneas del IEE respecto a la exigencia de promedios específicos en ciertas materias; finalmente, el diputado sentenció que la lista emitida por el Tribunal de la Sala Monterrey es la definitiva y con la que se trabajará en los próximos años en el ámbito del Poder Judicial.
“Ahora sí ya no se van a mover”, concluyó, dejando claro que la controversia ha llegado a su fin gracias al “palo dado” por el tribunal regional.