La Secretaría de Finanzas de Aguascalientes (SEFI) publicó este lunes los criterios administrativos para la firma de convenios con establecimientos dedicados a la comercialización de motocicletas nuevas y usadas.
La disposición deriva de la reciente reforma a Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado. Dicha norma establece la obligatoriedad de entregar toda motocicleta debidamente registrada y con sus placas de circulación instaladas de manera previa a que el comprador tome posesión del vehículo.
Para aplicar esta obligación sin entorpecer las ventas, SEFI establecerá convenios de colaboración con agencias, concesionarias, fabricantes, ensambladores e importadores. Los comercios podrán designar a personal autorizado para realizar los trámites de alta y emplacado a nombre del comprador mediante el Formato Oficial FCV-1 junto con la documentación de identificación y acreditación legal del adquirente.
El acuerdo establece reglas sobre quiénes pueden acceder a estas facilidades, exclusivamente para personas físicas o morales con establecimiento físico comprobable en Aguascalientes y que facturen directamente al cliente final.
Quedan fuera de este beneficio los comisionistas, coyotes, gestores independientes, vendedores ocasionales y tiendas que operen únicamente en línea sin local físico en la entidad.
El comprador conserva el derecho de realizar el trámite de emplacado por su propia cuenta si así lo desea. No obstante, la agencia no podrá entregarle la motocicleta hasta que presente la tarjeta de circulación y las placas correspondientes tramitadas ante la Secretaría de Finanzas.













